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La Pensión de Jubilación 2023: Cómo solicitarla, Requisitos y Cuantías
Todo trabajador una vez finalizado su vida laboral puede obtener una pensión de jubilación, sin embargo, para materializar dicho derecho o beneficio resulta necesario cumplir con una serie de requisitos o condiciones establecidos en el ordenamiento jurídico. A continuación, procederemos a informarte sobre cuales son estos requisitos o condiciones a los fines de que puedas disfrutar de tu pensión de jubilación.
¿En qué consiste la pensión de jubilación?
Inicialmente, debemos explicar que este beneficio consiste en una prestación gestionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS, o por el Instituto Social de la Marina, la cual es recibida por aquellos trabajadores que han cumplido con la edad mínima establecida para recibir dicho beneficio y efectuados las cotizaciones necesarias.
Requisitos para recibir la pensión de jubilación
Para obtener el beneficio de disfrutar la pensión de jubilación resulta necesario cumplir con los siguientes requisitos:
La edad
En principio resulta necesario haber cumplido 67 años de edad, no obstante, aquellos trabajadores que han cumplido 65 años de edad, pero han cotizado 38 años y 6 meses, igualmente puede optar para obtener la pensión de jubilación.
Las Cotizaciones
Como hemos indicado en los párrafos anteriores la edad y las cotizaciones son los requisitos indispensables para optar por el beneficio de la pensión de jubilación, ellos así, a los fines de un mayor entendimiento a continuación encontraras una tabla en la cual podrás identificar fácilmente el periodo de cotizaciones necesarios, en concurrencia con el año en el cual desea solicitar tu pensión y tu edad.
Año | Períodos de cotización | Edad |
2013 | 35 años y 3 meses o más (423 meses en adelante)
Menos de 35 años y 3 meses | 65 años 65 años y 1 mes |
2014 | 35 años y 6 meses o más (426 meses en adelante)
Menos de 35 años y 6 meses
| 65 años 65 años y 2 meses |
2015 | 35 años y 9 meses o más (429 meses en adelante)
Menos de 35 años y 9 meses | 65 años 65 años y 3 meses |
2016 | 36 años o más (432 meses en adelante)
Menos de 36 años | 65 años 65 años y 4 meses |
2017 | 36 años y 3 meses o más (435 meses en adelante)
Menos de 36 años y 3 meses | 65 años
65 años y 5 meses |
2018 | 36 años y 6 meses o más (438 meses en adelante)
Menos de 36 años y 6 meses | 65 años 65 años y 6 meses |
2019 | 36 años y 9 meses o más (441 meses en adelante)
Menos de 36 años y 9 meses | 65 años 65 años y 8 meses |
2020 | 37 años o más (444 meses en adelante)
Menos de 37 años | 65 años 65 años y 10 meses |
2021 | 37 años y 3 meses o más (447 meses en adelante)
Menos de 37 años y 3 meses | 65 años 66 años |
2022 | 37 años y 6 meses o más (450 meses en adelante)
Menos de 37 años y 6 meses
| 65 años 66 años y 2 meses |
2023 | 37 años y 9 meses o más (453 meses en adelante)
Menos de 37 años y 9 meses | 65 años 65 años y 4 meses |
2024 | 38 años o más (456 meses en adelante)
Menos de 38 AÑOS | 65 años 66 años y 6 meses |
2025 | 38 años y 3 meses o más (459 meses en adelante)
Menos de 38 años y 3 meses | 65 años 65 años y 8 meses |
2026 | 38 años y 3 meses o más (459 meses en adelante)
Menos de 38 años y 3 meses | 65 años 66 años y 10 meses |
2027 en adelante | 38 años y 6 meses o más (462 meses en adelante)
Menos de 38 años y 6 meses | 65 años
67 años |
¿Cómo puedes calcular tu jubilación?
La pensión de jubilación se calcula a partir de la base reguladora, la cual se fija en base a las cotizaciones de los últimos años, ello así, a continuación tienes la tabla para establecer la base de las cotizaciones atendiendo al año de la misma:
Año | Meses computables | Divisor | Años computables |
2013 | 192 | 224 | 16 |
2014 | 204 | 238 | 17 |
2015 | 216 | 252 | 18 |
2016 | 228 | 266 | 19 |
2017 | 240 | 280 | 20 |
2018 | 252 | 294 | 21 |
2019 | 264 | 308 | 22 |
2020 | 276 | 322 | 23 |
2021 | 288 | 336 | 24 |
2022 | 300 | 350 | 25 |
¿Cómo se calcula la base reguladora?
Aplicando las siguientes reglas podemos conocer la pensión que nos corresponde, sabiendo cuáles son las máximas y mínimas para el año 2022.
En primer lugar, tenemos que tener en cuenta los siguientes datos:
Tiempo de cotización | Porcentaje | Total |
Primeros 180 meses o 15 años | 50% | 50% |
Entre los meses 182-343 | 0,21% | 34,23% |
Entre los meses 344-426 | 0,19% | 15,77% |
A partir del 426 y en adelante | 100% | 100% |
Posteriormente, y para calcular la pensión de jubilación que nos corresponde en 2022, tendríamos que calcular la base reguladora, sumando todas las bases de cotización de los últimos 228 meses, y dividirlo entre 266.
A continuación, calcular el porcentaje que hay que aplicar a la base reguladora. Al trabajador que ha cotizado más de 426 meses le corresponderá el 100%. Pero en caso de que sea menos, hay que calcularlo.
¿Cómo solicitar la pensión de jubilación?
- Inicialmente, a los fines de tramitar tu pensión de jubilación necesitas los siguientes documentos:
- DNI, pasaporte o NIE del beneficiario.
- En caso que dicho trámite sea efectuado por medio de un representante, deberá consignar la documentación que acredite su condición.
- Constancia de haber efectuado el pago de las cotizaciones del último trimestre.
- El instituto podrá solicitar otra documentación dependiendo del caso.
- Una vez recabado dicha documentación deberás completar e imprimir el formulario correspondiente, el cual podrás entregar en persona en la Dirección Provincial de tu residencia o envíalo por correo ordinario. En el siguiente enlace podrás descargar el formulario:
Cuando ya tengamos el formulario y la documentación necesaria, debemos ir a la Dirección Provincial de la Seguridad Social más cercana a nuestra población.
¿Puedo cobrar la jubilación y seguir trabajando?
La respuesta es sí, sin embargo, existen una serie de condiciones con las cuales no tendrás ningún inconveniente para continuar percibiendo tu pensión, entre las cuales podemos destacar:
- El trabajador puede continuar trabajando con un contrato tiempo parcial, de relevo o con un contrato de duración determinada.
- De igual forma, puede trabajar por cuenta propia, sin embargo, los ingresos anuales no pueden superar el salario mínimo interprofesional.
- Asimismo, en caso de tener un negocio o comercio puede continuar con el mismo, sin ningún tipo de limitación.
Quisiera me informaran sobre la posibilidad de jubilarme anticipadamente.
También quiero saber a que dirección física para visita presencial me tengo que dirigir y como hacerlo no domino las redes y me cuesta.
Quedo a esperas de sus noticias
GRACIAS
Buenas, en nuestra web puede ver todas las oficinas de la seguridad social y ponerse en contacto con la más cercana, en su caso al tratarse de un tema especifico sobre la jubilación debe preguntarlo su INSS.